jueves, 19 de septiembre de 2024

El TSJM anula las ZBE en Madrid por falta de consideración al impacto económico


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha traído un respiro para muchos sectores económicos afectados por la normativa de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), entre ellos, los talleres de reparación de vehículos. La sentencia anula varios preceptos clave de la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, alegando la ausencia de un adecuado informe de impacto económico que evaluara las consecuencias sobre los negocios y otros colectivos afectados.

Según el TSJM, las medidas restrictivas de la ordenanza no tuvieron en cuenta las repercusiones económicas en sectores especialmente vulnerables, como autónomos, microempresas y pymes. Entre estos, los talleres se vieron gravemente afectados por las limitaciones a la circulación de vehículos que no cumplían con los estándares ambientales, dificultando tanto el acceso a nuevos vehículos como el mantenimiento de los existentes, una actividad fundamental para su subsistencia.

Insuficiencia del informe de impacto económico

Uno de los principales argumentos del tribunal es la "patente insuficiencia del informe de impacto económico" que acompañaba la ordenanza. El fallo señala que este análisis era esencial para garantizar una adecuada ponderación entre los beneficios ambientales de las ZBE y los costes económicos que generaban en sectores clave de la ciudad. Los magistrados subrayaron la importancia de considerar medidas menos restrictivas que pudieran tener un efecto equivalente, pero sin causar un impacto negativo tan fuerte en los negocios, especialmente aquellos con menos capacidad económica.

El tribunal también destacó que las medidas adoptadas por el Ayuntamiento podrían ser discriminatorias para colectivos vulnerables, como las personas con menos recursos económicos, que tendrían mayores dificultades para acceder a vehículos que cumplieran con las exigencias ambientales.

Impacto en los talleres y el sector empresarial

Los talleres, como otros negocios vinculados a la automoción, estaban entre los más afectados por la ZBE, ya que la reducción de la circulación de ciertos vehículos repercutía directamente en su actividad. La Asociación de Talleres de Madrid (ASETRA) ya había expresado su preocupación durante una consulta pública abierta por el Ayuntamiento, en la que denunció el impacto negativo de estas normativas sobre la viabilidad económica de los talleres.

ASETRA resaltó que los talleres prestan un servicio fundamental a los vecinos de la ciudad y recordó al Ayuntamiento que, además de generar riqueza y empleo, el sector contribuye significativamente a las arcas públicas a través de impuestos.

Principio de proporcionalidad

El TSJM también cuestionó la falta de consideración del principio de proporcionalidad, que es fundamental en la normativa ambiental, según establece tanto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) como el Tribunal Supremo. Este principio exige que las medidas adoptadas sean necesarias y proporcionales, algo que, en opinión del tribunal, no se cumplió en la ordenanza anulada.

¿Qué significa esto para el futuro?

Aunque el tribunal anuló las partes de la Ordenanza que definían las Zonas de Bajas Emisiones, otras disposiciones del texto permanecen intactas, lo que sugiere que el Ayuntamiento de Madrid aún tiene la capacidad de establecer ZBE en el futuro, siempre y cuando cumplan con los criterios legales y económicos establecidos.

Para los talleres y otros sectores, esta sentencia es un paso adelante en la lucha por medidas que no solo busquen mejorar la calidad del aire, sino que también consideren las necesidades económicas de los negocios y de las personas más vulnerables. En un contexto donde la movilidad urbana y las regulaciones ambientales son cada vez más estrictas, encontrar un equilibrio entre ambos aspectos será clave para garantizar una transición justa y sostenible.