El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado, según ha publicado el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, una nueva línea de ayudas dotada con 30 millones de euros a fondo perdido para las pymes y autónomos, que suponen el 98% del tejido económico de la región.
El objetivo de esta iniciativa es ofrecer liquidez a los pequeños y medianos negocios madrileños que hayan sufrido los efectos económicos del coronavirus. Estas ayudas se enmarcan dentro del plan 'Madrid ReFuerza', diseñado por el Ejecutivo autonómico para reactivar la economía y el empleo en la Comunidad.
La solicitud y tramitación de esta línea de ayudas se realizará de forma telemática, es decir, a través de la página web de la Comunidad de Madrid. Tal y como señalaron fuentes de la Comunidad, "tras la aprobación de la medida el pasado 7 de octubre, el plazo de solicitudes se abrirá a lo largo de la próxima semana". Por lo tanto, los autónomos y pymes que quieran acogerse a esta medida tendrán que estar atentos a las próximas publicaciones de los boletines de la Comunidad de Madrid.
Lo que sí se conocen ya son las cuantías, que se regularán en función del número de trabajadores de la pyme. En el caso de contar con entre 1 y 3 empleados, la ayuda será de 2.500 euros; para las pymes de 4 a 9 trabajadores, el importe ascenderá hasta los 5.000 euros. Si la pyme cuenta con entre 10 y 249 empleados, el importe de la subvención se incrementará hasta los 10.000 euros.
Requisitos
Se entiende que se han visto afectados por el coronavirus aquellas pymes que "han experimentado en el segundo trimestre del año 2020, una reducción de, al menos, un 25% de la facturación respecto al primer trimestre del mismo año o respecto al segundo trimestre de 2019".
Asimismo, serán considerados trabajadores por cuenta ajena aquellos asalariados con contrato indefinido, incluidos aquellos que se encuentran en ERTE a la finalización del segundo trimestre del año en curso (30 de junio de 2020).
Los talleres que quieran beneficiarse de este programa de ayudas deben estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, así como con la Seguridad Social. Además, debe acreditarse que han realizado el plan de prevención de riesgos laborales.
Serán subvencionables conceptos de gasto siempre que estén directamente relacionados con la actividad económica desarrollada por la pyme y cuyo devengo se haya producido desde el 14 de marzo de 2020 y hasta el día de presentación de la solicitud de ayuda.
Estos gastos tienen que ver con el pago de nóminas y seguros sociales, efectivamente abonados por la pyme; pagos para la obtención de productos y servicios relacionados con medidas de protección, prevención e higiene, necesarias para garantizar la seguridad del personal, en relación con la COVID-19; y pago de alquileres de locales.