En estas visitas, los técnicos comprueban el cumplimiento de las medidas establecidas en el Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Entre estas medidas destacan las siguientes:
- Adopción de medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo.
- Puesta a disposición de los trabajadores agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida, autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos.
- Garantía de mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre los trabajadores. Cuando no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
- Uso obligatorio de mascarillas por parte de los trabajadores aun cuando se pueda asegurar la distancia de 1,5 m entre ellos excepto: “En los centros de trabajo, exclusivamente cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 m con otros trabajadores y/o usuarios de las instalaciones”.
- Adopción de medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible mayor afluencia.
Asimismo, los técnicos están realizando un cuestionario en el que analizan el protocolo de actuación y el aprovisionamiento de EPI, al mismo tiempo que anotan las necesidades de cambios en la organización del trabajo o los riesgos psicosociales en la convivencia y ambiente de trabajo desde el inicio de la pandemia.