martes, 28 de julio de 2020

La Justicia anula Madrid Central ¿qué pasa con las más de 800.000 multas interpuestas?

La Justicia anula Madrid Central... aunque por defecto de forma
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado Madrid Central tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil ‘DVuelta Asistencia Legal’ sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación.

Los magistrados anulan por "defectos formales", la ordenanza de movilidad sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria el 5 de octubre 2018, por la omisión del trámite de información pública, un requisito que se considera esencial, preceptivo e indispensable. Así, quedan anulados los artículos de 21 a 25 de la citada ordenanza.

En relación al recurso del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid, la Sala también estima parcialmente su reclamación y anula el artículo 23 del mismo acuerdo del Pleno, al entender que falta la "imprescindible" memoria económica previa a la aprobación de la ordenanza.

Información pública

La queja de la Administración autonómica se centra en la consideración de que, tanto en el primer y segundo borrador como en el acuerdo aprobatorio del proyecto inicial de la ordenanza, no aparece la regulación de lo que hoy se conoce como Madrid Central, limitándose a prever una futura área de acceso restringido, que habría de determinarse por la Junta de Gobierno, pero sin contener delimitación ni ordenación alguna de lo que se incluye ulteriormente en el texto de la ordenanza de movilidad sostenible como Zona de Bajas Emisiones, ‘Madrid Central’.

Esto comporta que "no se ha cumplimentado en debida forma el trámite de información pública, sustrayéndose del público conocimiento y de la posibilidad de formular alegaciones aquella medida de mayor impacto o relevancia e, indudablemente, la más polémica, por lo que se ha procedido a una cumplimentación meramente formal, y no material, de un trámite esencial impuesto por la normativa aplicable".

Memoria económica

En la misma línea, la Sala también estima parcialmente el recurso presentado por el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y DVuelta y considera que la ordenanza carece de una justificada memoria económica, imprescindible para valorar con pleno conocimiento y con antelación, la repercusión que los costes de su aprobación pueden representar en relación con los principios de estabilidad presupuestaria de las administraciones públicas, sostenibilidad financiera y regla de gasto.

"Si el suministro de la expresada información se efectúa con posterioridad a la toma de la decisión, como ha ocurrido en el supuesto presente, es obvio que no llegará a cumplir la finalidad legalmente prevista", asegura la sentencia.

¿Y qué pasa a partir de ahora?


¿Se devolverá el importe de las multas? No, al menos de momento. La sentencia no es firme. Cabe la posibilidad del recurso. No tiene efecto inmediato, sí lo tendría en caso de confirmarse en siguiente instancia. Hasta febrero, se interpusieron 815.000 sanciones. 90 euros de importe, 45 en caso de pronto pago.

¿Se puede volver a circular sin limitaciones? No. Fuentes del Ayuntamiento han asegurado al El Español que las restricciones de Madrid Central "siguen y seguirán vigentes": "El proyecto no decae pese a la sentencia".

¿Por qué? El actual gobierno —formado por Partido Popular y Ciudadanos— no tiene la intención de dejarlo caer y pondrá todo de su parte para que funcione, bien con la "subsanación" del modelo implantado por la exalcaldesa Manuela Carmena o con "una nueva ordenanza".