Profesionales del taller y usuarios están más o menos familiarizados con esta inspección que deben pasar, salvo contadas excepciones, todos los vehículos a motor en España. Sin embargo,
¿sabe el cliente (y el profesional) del taller a cuántos tipos de inspecciones técnicas se puede someter un vehículo?
Efectivamente, más allá de las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos que todos conocemos, hay otras para determinados casos que muchas veces pasan desapercibidas. De esta forma, además, de las inspecciones periódicas (en el caso de los turismos cada 2 años, a partir del cuarto año desde su matriculación, y una vez al año desde los 10 años), en los siguientes casos los vehículos deben (o pueden) pasar por las estaciones de ITV, según recuerda AEMA-ITV:
Las otras inspecciones de la ITV
Uno de los pasos más importantes (y obligatorio) por las ITV debe hacerse tras un 'reforma de importancia', es decir, tras la incorporación de nuevos elementos, sustitución de otros, o alguna modificación de la carrocería… que cambia las características del vehículo. Dichas transformaciones se contemplan en el Manual de Reformas de Vehículos cuya última edición es de marzo de 2018.En este caso, el taller juega un papel importante, ya que deberá certificar según el modelo oficial "las homologaciones y marcaje de las piezas añadidas, con su marca y modelo. Si la reforma es compleja puede que requiera un proyecto técnico", recuerda la entidad. En cualquier caso, siempre será necesario un certificado de fabricante o de un servicio técnico de reformas que dé conformidad a la reforma efectuada.
De igual forma, existen las inspecciones técnicas previas a la matriculación. Así, los vehículos matriculados en otros países, vehículos a los que no les sea de aplicación obligatoria la homologación CE, de subastas, cuerpo diplomático, etc, deben pasar una inspección previa a la matriculación en ITV. Las matriculaciones más habituales son:
–Vehículos no matriculados procedentes de cualquier país.
–Vehículos matriculados procedentes de la UE.
–Vehículos matriculados procedentes de terceros países.
–Traslados de residencia a España.
Por otra parte, también existen las inspecciones técnicas voluntarias. Cualquier vehículo se puede presentar en una ITV para realizar una inspección antes del plazo requerido para conocer su estado.
Asimismo, hay inspecciones requeridas por cualquiera de los organismos a los que el Reglamento General de Vehículos y demás legislación vigente atribuyen competencias sobre esta materia. El objeto de la inspección es comprobar que el vehículo cumple las condiciones exigidas para circular por las vías públicas.
Otro supuesto es el de las inspecciones técnicas a vehículos accidentados con daños importantes en su estructura o elementos de seguridad. El objeto de la inspección es la comprobación, voluntaria u obligatoria, de que un vehículo ha sido restituido a sus condiciones originales.
Y no son todos pues aún podemos encontrar cinco supuestos más:
- Inspecciones técnicas previstas en el procedimiento de catalogación de vehículos históricos.
- Inspecciones de pesaje para comprobar el peso del vehículo.
- Duplicados de ficha técnica. Las estaciones de ITV realizan los duplicados de tarjeta de inspección técnica (no electrónicas) por pérdida, sustracción o deterioro.
- Cambios de destino para reflejar en la tarjeta de inspección técnica la utilización del vehículo.
- Diligencias en fichas técnicas, es decir, inspecciones para realizar correcciones o anotaciones varias en las tarjetas de ITV.