Esta campaña se enmarca dentro de una general de inspección a establecimientos abiertos al público, donde el Instituto Municipal de Consumo busca comprobar que los talleres de reparación se adecuan a la normativa legal.
Dentro de la lista de apartados que se tienen en cuenta en la inspección de consumo, de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1457/1986 de Talleres, destacan los apartados de documentación; placa-distintivo y publicidad; e información al usuario (artículo 12 del Decreto de talleres).
De igual forma, se controlarán la elaboración de presupuestos y resguardos de depósito (artículo 14 del Decreto de talleres); la instalación de piezas de repuesto (artículo 9); la generación de facturas, cuyos requisitos vienen establecidos en el artículo 15 del Decreto 2/95 de la Comunidad de Madrid; la garantía de las reparaciones (artículo 16) y la existencia de hojas de reclamaciones (artículo 17 Decreto de talleres).