Entre las medidas propuestas, el reglamento prevé que furgonetas y SUV incorporen diversos elementos de seguridad que hasta el momento sólo eran requeridas para los turismos. Entre los elementos de seguridad se incluyen el monitorización de la presión de los neumáticos (TPMS), asistencia inteligente de velocidad, bloqueo de alcohol, detector de somnolencia del conductor y señales de parada de emergencia.
Además, serán requeridas medidas de seguridad más avanzadas para automóviles de pasajeros y comerciales ligeros como registros de datos de eventos —los cuales almacenan la velocidad o el estado de activación de los sistemas de seguridad del automóvil antes, durante y después de una colisión—, y zonas de protección de impacto de la cabeza ampliadas, que permitirán mitigar lesiones cuando se produzca una colisión con usuarios vulnerables de la carretera, como peatones o ciclistas. También, se aplicarán normas de seguridad específicas para camiones, autobuses, vehículos de hidrógeno y automatizados.
Este reglamento actualizará las normas sobre seguridad de los automóviles que figuran en el Reglamento de seguridad general (CE) 661/2009, el Reglamento de seguridad peatonal (CE) 78/2009 y el Reglamento de seguridad del hidrógeno (CE) 79/2009. Asimismo, las especificaciones técnicas podrán ser actualizadas mediante actos delegados de la Comisión para que tengan en cuenta los nuevos desarrollos técnicos que tengan lugar en el futuro.